Con Milagros Fernandez VENDE ALQUILA Y GANA

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MILAGROS FERNANDEZ

lunes, 2 de octubre de 2023

Póliza de Seguro de Vida

Póliza de Seguro de Vida



Cuando me gusta algo, lo investigo antes para recomendar bien.


Desde pequeña me ha gustado leer finanzas, leyes y mercadeo. Dios me coloco dónde me gusta:

(Banco Vice presidencia de Mercadeo estuve 25 años trabajando:

Banco Caracas

Banco construcción

Banco provincial

Banco unión

Unibanca

Banesco

Banvalor

Banco de Venezuela

Bancrecer

Allfactoring)



En 1993 compraba la revista de inversión, dinero, publicidad y leyes, por este motivo mi marca personal es @mfdinero ( está en todas las redes sociales).


En un artículo resumido:

Que busca la gente?

Según los analista de ese año 1993 y siempre lo que busca la persona para invertir es tres ( 3):


Rentabilidad

Liquidez

Seguridad



Estos ventajas lo tiene Póliza de Seguro de Vida:


Rentabilidad:


Las personas desean inversión con alto rendimiento, que les permita resguardar su patrimonio de la inflación.


Liquidez:


Poder de disponer del dinero en el momento que desea. Aquí tenemos que ser sincera, hay que explicar por qué, ya que, acuérdate que es para tu plan de jubilación.


Seguridad:


Debido a la crisis mundial, no sólo Venezuela, sino a nivel universal, buscan seguridad de que recuperaran su dinero.

En seguro de vida 100% que si más con rentabilidad.


Ahora que vamos hacer con sus dinero?

Te pido sólo un 10% de tu patrimonio que tienes en los bancos, porque, tiene que diversificar el dinero.


Solo tiene que ahorrar o invertir todos los años lo mismo hasta 10 años o 20 años, por eso informo que cambia tu Vida a una mente de éxito y bendiciones.


Porqué, tiene un evento inesperado, no gasta tu dinero o te descapitaliza, recurre a tu póliza de seguro de vida.


Concreta una cita conmigo y te explico mejor.




Que vamos hacer con el #dinero

 #utilidades #aguinaldo #ahorro #planderetiro???

#inversion 5.000$ 4.000$ 3.000$ y cada año de manera disciplinada cada año por 10 años 0 20 años.


Si empieza temprano una póliza de seguro de vida indexado paga
hasta tu jubilación 113$ vale la pena adquirir uno a esta edad 


Milagros Fernández
Corredor Inmobiliario & Financiero
+58 4123605721 WhatsApp



Un seguro de vida indexado, puede cambiar tu Vida 


Milagros Fernández

 Asesor Financiero & Inmobiliario 

espero tú llamada para estar contigo en lo mejor de la vida #plandejubilacion o #plandeahorro #segurodevida 584123605721 #mfdinero

mfsegurodevida@hotmail.com

#venezuela #caracas

#mfabundancia #mfdinero® 


Milagros Fernández


+58 4123605721 WhatsApp

domingo, 9 de julio de 2023

Cómodo Apartamento de Sabana Grande

HERMOSO
ph sabana grande
2 habitaciones




alquilo apartamento 



Apartamento en sabana grande, *full agua*
Tanque de agua 25.000 litros subterráneo.
alquiler 
60 mts
*Ideal para persona que trabaje en el mundo digital*

*Persona sola ( mujer o hombre )*

*1 habitación grande*
1 baño
*Aire acondicionado en cada área*
Ventanas panorámicas con vista al av casanova 
Amoblado decorado y equipado: nevera, lavadora, muebles.
Gas directo 
*Internet rápido con empresa privada*
Cámara de seguridad
Ascensor con llave de seguridad 
Full agua 
*Canon mensual $*
3 meses de depósitos 
6 Meses adelantados 

Milagros Fernández 
Corredor inmobiliario y Financiero



Inmobiliaria MFDINERO se refiere a  
Milagros Fernández ,
 asesora inmobiliaria y financiera que
trabajó 
en Venezuela,
especialmente enfocada
en Caracas
,
ayudando en la compra, venta, alquiler
y
administración de propiedades,

ASI
como en asesoramiento de inversión y marketing digital para el sector,
buscando conectar a las personas con sus objetivos habitacionales
 y
de negocio, con un enfoque personal y digital . 




¿Quién es?
  • Nombre:  Milagros Fernández.
  • Rol:  Asesor de Inversiones y Bienes Raíces.
  • Enfoque:  Profesional global en bienes raíces y finanzas, con servicio personalizado en Caracas, Venezuela, Miami, Orlando... 
Servicios ofrecidos:
  • Bienes raíces:  Compra, venta, alquiler de propiedades (casas, departamentos, oficinas).
  • Asesoramiento:  Ayudar a personas y empresas a alcanzar sus objetivos financieros e inmobiliarios.
  • Marketing Digital:  Mejorando resultados en marketing digital, marketing y ventas para PYMES. 
Presencia en línea:
  • Utiliza las redes sociales, especialmente Instagram (@mfdinero), para promocionar sus servicios y conectar con los clientes, enfocándose en la prosperidad y la atención personalizada. 
En resumen:  Si buscas Inmobiliaria MFDINERO, buscas los servicios profesionales de Milagros Fernández para invertir, comprar, vender o alquilar propiedades en Venezuela, Orlando, Miami, etc. con un toque moderno y digital. 








A continuación se presenta un resumen de los artículos que conforman la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento de Bienes Inmuebles para Vivienda (Boletín Oficial N° 7.065 Extraordinario):

Capítulo I: Disposiciones generales

* Artículo 1 (Objeto): Crea el régimen especial de arrendamiento de viviendas con el fin de satisfacer las necesidades de vivienda, garantizar el derecho a la vivienda y proteger el mercado inmobiliario nacional.

* Artículo 2 (Ámbito de aplicación): Se aplica exclusivamente a los contratos de arrendamiento pactados o formalizados con posterioridad a su entrada en vigor. Quedan excluidas las viviendas ya adquiridas mediante contratos de arrendamiento anteriores, los terrenos sin urbanizar, las propiedades rurales, los fondos comerciales, los hoteles/negocios turísticos, los locales comerciales/industriales y las ocupaciones derivadas de una relación laboral.

¿Qué cosas quedan completamente FUERA de esta ley?

Para que no haya confusiones, la ley detalla específicamente los casos que no se rigen por esta nueva norma:

  • 🏠 Contratos viejos: Viviendas alquiladas mediante contratos firmados antes de la vigencia de esta ley.

  • 🌾 El campo y terrenos: Fincas rurales o terrenos sin urbanizar.

  • 🏪 Negocios y turismo: Locales comerciales, naves industriales, hoteles o alojamientos turísticos.

  • 💼 Viviendas por trabajo: Casas u ocupaciones que una empresa te da debido a una relación laboral.




* Artículo 3 (Objetivo): Busca promover el arrendamiento como un mecanismo complementario y transitorio (especialmente para los jóvenes), impulsar la economía y garantizar la seguridad jurídica con procedimientos ágiles y equilibrados.

* Artículo 4 (Principios): Se rige por los derechos humanos, la justicia social, la solidaridad, la corresponsabilidad, la seguridad jurídica, la igualdad, la no discriminación, la libertad económica y la autonomía de la voluntad.

* Artículo 5 (Interés particular y orden público): Las normas relativas a los contratos son de interés particular, pero todas las disposiciones de esta ley son de orden público.

* Artículo 6 (Voluntad de las partes): Los contratos se rigen por los acuerdos de las partes (siempre que no contradigan la ley) y, alternativamente, por el Código Civil.

Capítulo II: Del arrendamiento de bienes inmuebles para vivienda

* Artículo 7 (Contrato de arrendamiento): Es el acuerdo en el que una parte cede el uso total o parcial de una propiedad para vivienda y la otra paga una determinada tarifa.

* Artículo 8 (Forma del contrato): Debe ser escrito y contener la identificación de las partes, la propiedad, la duración, el precio y la forma de pago, los servicios relacionados y quién asume los servicios públicos.

* Artículo 9 (Autenticación del contrato): Opcionalmente, puede autenticarse ante un notario público o realizarse de forma privada, perfeccionado por la voluntad de las partes.

* Artículo 10 (Condiciones mínimas): Los edificios deben ser habitables. Está prohibido alquilar viviendas en zonas de alto riesgo, construidas con materiales peligrosos y perecederos, o provenientes de demoliciones o construcciones peligrosas sin terminar.

Artículo 11 (Duración): La duración y sus prórrogas serán acordadas por las partes; a falta de acuerdo, se entenderá por un año. Si ninguna de las partes declara su terminación al vencimiento, continuará vigente en los mismos términos.

* Artículo 12 (Canon de Arrendamiento): Libremente acordado entre las partes sin más limitaciones que las de esta ley.

* Artículo 13 (Ajustes de cuotas): Permanece fijo durante la vigencia del contrato. En extensiones en bolívares, el ajuste no puede exceder la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del BCV.

Artículo 14 (Pago del canon): Salvo pacto en contrario, se paga mensualmente. Si está fijado en moneda extranjera, se puede pagar en bolívares al tipo de cambio oficial del BCV vigente el día del pago.

* Artículo 15 (Uso, cuidado y reparaciones): Uso exclusivamente residencial con la debida diligencia. Las reparaciones que superen el 30% del alquiler son responsabilidad del propietario (excepto en caso de daños por negligencia del inquilino), y las que sean iguales o inferiores al 30% son responsabilidad del inquilino.

* Artículo 16 (Garantía): El mantenimiento y los servicios en mora pueden garantizarse mediante una póliza de daños (hasta 3 meses de renta) o un depósito en efectivo/bancario (hasta 3 meses), también pagadero al equivalente en bolívares según el tipo de cambio del BCV.

* Artículo 17 (Pólizas de Daños): Las aseguradoras públicas y privadas deben ofrecer pólizas asequibles para garantizar la conservación de los edificios, reguladas por la Superintendencia de Actividades Aseguradoras.




* Artículo 18 (Devolución del depósito): El propietario deberá devolver el depósito dentro de un plazo de 15 días consecutivos después de la finalización del contrato y revisar el buen estado del edificio, pudiendo descontar cualquier reparación o servicio atrasado.

Artículo 19 (Pagos por servicios): Salvo acuerdo contrario, el inquilino paga la electricidad, el agua, el gas, el inodoro, el teléfono, la televisión e internet. El propietario paga los impuestos de condominio y municipales.

Artículo 20 (Preferencia de oferta): Si el propietario decide vender y el arrendatario tiene más de dos años de solvencia en el inmueble, tendrá derecho de compra preferente sobre terceros. Deberá responder a la oferta en un plazo de 15 días.

* Artículo 21 (Notificación digital): Las partes podrán indicar una dirección electrónica para las notificaciones si se garantiza la autenticidad y la recepción de conformidad con la ley de mensajes de datos.

Capítulo III: Terminación de la relación de arrendamiento

* Artículo 22 (Terminación del contrato): Finaliza por vencimiento del plazo, acuerdo mutuo, terminación anticipada legal, decisión unilateral del arrendatario o destrucción total del edificio debido a caso fortuito o fuerza mayor.

* Artículo 23 (Terminación anticipada - Reclamación del propietario): El arrendador podrá exigir la terminación anticipada por: falta de pago de 3 rentas consecutivas, falta de pago de servicios públicos durante 3 meses consecutivos, cesión/subarriendo sin autorización, daños mayores o reformas no autorizadas, uso distinto al de vivienda o uso indebido, abandono o las causas establecidas en el contrato.

* Artículo 24 (Rescisión unilateral): El arrendatario puede rescindir el contrato unilateralmente en cualquier momento, aceptando opcionalmente una indemnización de hasta 2 meses de alquiler.

Capítulo IV: Resolución de controversias y disposiciones finales

* Artículo 25 (Resolución de conflictos): Los conflictos y el incumplimiento se resuelven mediante mediación/conciliación, centros de arbitraje o ante los juzgados municipales mediante el procedimiento de juicio sumario (independientemente del monto).

* Artículo 26 (Promoción de centros de mediación y arbitraje): El Estado fomentará la creación de centros de resolución alternativa de conflictos y de jueces de paz para facilitar el acceso de la población.

* Artículo 27 (Desalojo de la propiedad): La orden de desalojo solo puede ser emitida por un juzgado municipal o un tribunal arbitral de conformidad con la ley, ejecutada según las reglas del Código de Procedimiento Civil.

* Disposición transitoria única: Las leyes anteriores que regulaban los alquileres y prohibían los desahucios arbitrarios no se aplican a las nuevas relaciones bajo este régimen especial.

* Disposición final única: La ley entra en vigor a partir de su publicación oficial en el Boletín Oficial (7 de agosto de 2026).


Apoyo y protección de la propiedad: Artículo 17 y política de vivienda.


Análisis del artículo 17 de la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento El marco jurídico en materia de arrendamientos de vivienda establece mecanismos para la protección de los bienes tanto de los propietarios como de los arrendatarios. 


En este contexto, el artículo 17 de la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento Inmobiliario para Vivienda establece que las compañías de seguros deben ofrecer pólizas de seguro contra daños adecuadas a las realidades del sector, bajo la dirección y supervisión del Estado. 


Esto garantiza un instrumento ideal para salvaguardar el valor de la infraestructura frente a imprevistos. Vanguard Solutions con Póliza de Hogar Para proteger sus activos cumpliendo con los estándares de seguridad necesarios, la Póliza de Seguro ofrece planes de protección con los siguientes beneficios y características: 

 * Requisitos de contratación sencillos: 

 Se requiere documento de identidad y RIF actualizado, formulario de solicitud firmado y un registro fotográfico de los bienes con fecha y hora.  

* Coberturas integrales clave:    

* Eventos sísmicos (terremoto o sismo).    

* Incendios y cobertura básica.    

* Pérdidas debidas a robo o hurto.    

* Daños en los cristales y averías en los equipos electrónicos.   

 * Servicio de soporte disponible para planes superiores a 100.000 USD.  

* Plan de bonificaciones competitivo:

 Opciones adaptadas a diferentes escalas de edificios y contenidos, con precios asequibles que oscilan entre los 60 y los 500 dólares estadounidenses.

Asesoramiento estratégico: Juntos diseñamos un presupuesto a su medida para proteger su inversión de forma eficiente, empática y segura. Contáctenos. 

 *Milagros Fernández — Gestión Empresarial Global   * WhatsApp: 584123605721





Muy cordialmente, se despide de Usted (es).
Atentamente,


Corredor Inmobiliario e Inversión Nª 4.942
PREANI - PADI
Gerencia de Negocios Nacional e Internacional Inmobiliarios
Móvil +58 0412.3.60.57.21 mensaje de texto

@mfdinero 




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