Con Milagros Fernandez VENDE ALQUILA Y GANA

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MILAGROS FERNANDEZ

jueves, 28 de noviembre de 2024

Habitat perfecta para FAMILIA Y NEGOCIOS - Km14 El Junquito











Fértil y próspero terreno km 14 urb. iberoamericano que cuenta con varios beneficios:

" ✔️" Área plana de 300 mt2 con base para seguir construyendo.

" ➕"Manantial cerca del terreno.

" 🍌"" 🍓"" 🥭" Terreno productivo para que las plantas se desarrollen bien.

" 🚌" Transporte público.

" 🏢"Colegio y liceo militar para sus hijos.

Banco Comercial, centro comercial, farmacia, panadería, supermercado, hospital, dispensario médico y restaurante cerca del km 14.

Fácil acceso con la nueva carretera por el km 15.

Hábitat perfecto para familia y negocios.

¡Contáctanos hoy mismo y comienza a construir un futuro exitoso!



Estoy a su disposición para cualquier información.



lunes, 21 de octubre de 2024

Bienes Raices a Largo Plazo







Tenemos años en el mercado de inversiones y Bancaria. 


El hecho de que estés aquí me dice que esta activamente buscando inversiones y bienes raíces. 

Las personas que prospera y progresan son aquellas que valoran el tener la información correcta RECOMIENDO ESTAS INVERSIONES A LARGO PLAZO:




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A parte de este servicio inmobiliario, vamos a tomar las mejores fotos del inmueble, 
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La compra y venta de bienes inmuebles representa una inversión cuantiosa de dinero, con la mira puesta en obtener el mejor beneficio.

 Alcanzar una vivienda propia es una de las principales preocupaciones para las parejas de recién casados, jóvenes que se independizan de los padres por motivos de estudio o en busca de nuevos horizontes.





Al momento de comprar

Es vital definir sus necesidades inmobiliarias y proceder a la búsqueda de la propiedad. Para la búsqueda contrate a un corredor inmobiliario certificado por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, como Milagros Fernandez  o una empresa afiliada al mismo gremio.

Visite los inmuebles, tomando nota de aspectos como el precio, lo resaltante y los defectos de cada propiedad, así como los datos del intermediario o propietario, a efectos de facilitar la decisión de compra. Recuerde que es ilegal pagar porque le muestren un inmueble.


Por lo general, para cerrar la compra, se da una reserva al intermediario o vendedor, para que el inmueble sea sacado de la publicidad y comiencen los trámites para la opción de compraventa. Al momento de reservar el inmueble, solicite al intermediario la autorización para vender y copia del documento de propiedad del inmueble.

Antes de firmar una opción de compraventa, revise en el registro inmobiliario la existencia de hipotecas pendientes o medidas judiciales sobre el inmueble. Esto también puede constatarse a través de una certificación de gravámenes que puede solicitar al registro inmobiliario.






Antes de firmar una opción de compraventa, revise en el registro inmobiliario la existencia de hipotecas pendientes o medidas judiciales sobre el inmueble. Esto también puede constatarse a través de una certificación de gravámenes que puede solicitar al registro inmobiliario.

Es imperativo revisar el borrador del documento de opción de compraventa y de la compraventa definitiva con un abogado inmobiliario. En la opción de compraventa deben establecerse los accesorios y muebles que formarán parte de la negociación.

Antes de la firma de la opción de compraventa visite nuevamente el inmueble para así constatar el estado físico, esté desocupado. Es recomendable hacer esto cuando vaya a firmar también la compraventa definitiva.

La opción de compraventa es un documento notariado donde las partes se ponen de acuerdo en hacer la compraventa definitiva en un lapso de tiempo determinado. La opción de compraventa tiene la misma validez si es privada entre las partes. Los gastos de notaría y honorarios de abogado son cancelados por el comprador.

Si el comprador va a tramitar un crédito hipotecario, debe solicitar al vendedor los siguientes recaudos: documento de propiedad del inmueble, solvencia de impuestos inmobiliarios municipales, cédula catastral, copia de la cédula identidad del propietario y cualquier otro recaudo necesario para el otorgamiento de la venta definitiva, para lo cual se sugiere consultar con anticipación cuáles son los recaudos exigidos por la institución financiera. Cualquier gasto para esta documentación debe ser pagado por el vendedor. Si el comprador necesitara una certificación de gravamen, será cancelada por el mismo comprador.

Culminado el tiempo de la opción de compraventa, se procede a realizar la compraventa definitiva del inmueble a través del registro inmobiliario correspondiente. Para ello debe llevar el documento de compraventa definitiva redactado por un abogado ante el registro para su revisión y cálculo. Estos gastos son cancelados por el comprador.

Una vez firmado el documento en el registro inmobiliario, se debe cambiar la titularidad de la cédula catastral y el derecho de frente a su nombre y, si fuere el caso, registrarlo como vivienda principal en el Seniat.


Para la venta

Se debe establecer el precio a través de un avalúo certificado o un estudio de mercado realizado por el corredor inmobiliario o la empresa inmobiliaria contratada. Esto le garantizará un precio acorde con el mercado y una venta más rápida de la propiedad. Es prudente contratar a un corredor inmobiliario certificado por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela o una empresa afiliada al mismo gremio.

Esto para asegurarse de que el inmueble será correctamente comercializado. Solicite al intermediario los medios en donde será publicitada la propiedad, para así hacer seguimiento a las informaciones que aparecen públicamente del inmueble en venta. Debe otorgar exclusividad al intermediario a los efectos de garantizar el interés y una inversión apropiada en publicidad. Asimismo, tramitar los recaudos solicitados por el registro inmobiliario y tenerlos disponibles a la hora de cerrar la negociación. Una vez que tenga un comprador interesado, se procede a una reserva para garantizar la operación y empezar con los trámites de la documentación para la opción de compraventa y luego la venta definitiva.

Al momento de la opción de compraventa, debe presentar ante la notaría documento de propiedad del inmueble. Y para la venta definitiva ante el registro inmobiliario el vendedor debe pagar un impuesto por la venta a menos que la misma esté registrada como vivienda principal. Antes de la venta definitiva el inmueble debe estar solvente en todos los servicios públicos y condominio. Verifique la autenticidad de los cheques y la disponibilidad de fondos de los mismos (preferiblemente cheques de gerencia). Una vez firmado el documento de compraventa en el registro inmobiliario, se procede a retirar el inmueble del registro de vivienda principal en el Seniat, si ese fuese el caso.







Porque con Milagros Fernandez Asesor Inmobiliario y Financiero

DEDICACIÓN A TIEMPO COMPLETO

PARA EL 

PROPIETARIO – COMPRADOR -INQUILINO

ASESORÍA INMOBILIARIA, CADA DÍA BUSCA MAS ESTRECHAR LOS LAZOS PROPIETARIOS – COMPRADOR -INQUILINO A LA HORA DE NEGOCIAR UN BUEN NEGOCIO INMOBILIARIO.

Milagros Fernandez Sanchez




Milagros Fernández

Gerencia de Negocios Nacional e Internacional

Asesor  de Inversión Inmobiliarios Seguro
Broker  

 
Estoy a su disposición para cualquier información..


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Afiliación Cámara Inmobiliaria  



domingo, 29 de septiembre de 2024

Quieres Invertir en Venezuela Caracas ?

Los Venezolanos ofrecemos Hospitalidad y respecto:

Amabilidad y atención con que una persona recibe y acoge a los visitantes o extranjeros en su casa o en su tierra.

Cita de la Biblia: Cuando Abraham recibe a los tres (3) ángeles. Abraham los recibe con hospitalidad, ofreciéndoles pan, carne, leche y mantequilla 

Son los valores ( hospitalidad, respecto, compromiso ) que tiene la Inmobiliaria Milagros Fernández MFDINERO.. 58412360572

Milagros Fernández


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Milagros Fernández
Gerencia de Negocios  MFDINERO
Asesoría Inmobiliaria y Financiera
 
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Busca el BIEN PARA TODOS



Mi Mansión será la casa del señor
por largo, largo tiempo - 
Salmo 23






Milagros Fernández who works as a real estate y financiero agent in Venezuela.

Based on the search results, here's what we know about her:

  • She is associated with Vistainmuebles.com.
  • Her agent license number is 4942.
  • She specializes in property management.
  • She has over 25 years of experience in banking, specifically in marketing and sales.
  • She is a Certified Real Estate Advisor (C21) and a specialist in Property Administration (PADI) (PREANI).
  • She is affiliated with the Metropolitan Chamber of Real Estate.
  • You can contact her via SMS at +584123605721.
  • She has listings for properties for rent in Caracas.

If you'd like to know more about her listings or how to contact her, you can visit her page on Vistainmuebles: https://vistainmuebles.com/agente/milagros-fernandez

¡Así es! MFDINERO es el nombre que utiliza Milagros Fernández, la agente inmobiliaria y financiero en Venezuela, en sus redes sociales, especialmente en Instagram con el usuario @mfdinero.

It's her professional brand name online where she promotes her real estate services and shares property listings in Venezuela, primarily in Caracas.




 

Inmobiliaria MFDINERO se refiere a  
Milagros Fernández ,
 asesora inmobiliaria y financiera que
trabajó 
en Venezuela,
especialmente enfocada
en Caracas
,
ayudando en la compra, venta, alquiler
y
administración de propiedades,

ASI
como en asesoramiento de inversión y marketing digital para el sector,
buscando conectar a las personas con sus objetivos habitacionales
 y
de negocio, con un enfoque personal y digital . 




¿Quién es?
  • Nombre:  Milagros Fernández.
  • Rol:  Asesor de Inversiones y Bienes Raíces.
  • Enfoque:  Profesional global en bienes raíces y finanzas, con servicio personalizado en Caracas, Venezuela, Miami, Orlando... 
Servicios ofrecidos:
  • Bienes raíces:  Compra, venta, alquiler de propiedades (casas, departamentos, oficinas).
  • Asesoramiento:  Ayudar a personas y empresas a alcanzar sus objetivos financieros e inmobiliarios.
  • Marketing Digital:  Mejorando resultados en marketing digital, marketing y ventas para PYMES. 
Presencia en línea:
  • Utiliza las redes sociales, especialmente Instagram (@mfdinero), para promocionar sus servicios y conectar con los clientes, enfocándose en la prosperidad y la atención personalizada. 
En resumen:  Si buscas Inmobiliaria MFDINERO, buscas los servicios profesionales de Milagros Fernández para invertir, comprar, vender o alquilar propiedades en Venezuela, Orlando, Miami, etc. con un toque moderno y digital. 








A continuación se presenta un resumen de los artículos que conforman la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento de Bienes Inmuebles para Vivienda (Boletín Oficial N° 7.065 Extraordinario):

Capítulo I: Disposiciones generales

* Artículo 1 (Objeto): Crea el régimen especial de arrendamiento de viviendas con el fin de satisfacer las necesidades de vivienda, garantizar el derecho a la vivienda y proteger el mercado inmobiliario nacional.

* Artículo 2 (Ámbito de aplicación): Se aplica exclusivamente a los contratos de arrendamiento pactados o formalizados con posterioridad a su entrada en vigor. Quedan excluidas las viviendas ya adquiridas mediante contratos de arrendamiento anteriores, los terrenos sin urbanizar, las propiedades rurales, los fondos comerciales, los hoteles/negocios turísticos, los locales comerciales/industriales y las ocupaciones derivadas de una relación laboral.

¿Qué cosas quedan completamente FUERA de esta ley?

Para que no haya confusiones, la ley detalla específicamente los casos que no se rigen por esta nueva norma:

  • 🏠 Contratos viejos: Viviendas alquiladas mediante contratos firmados antes de la vigencia de esta ley.

  • 🌾 El campo y terrenos: Fincas rurales o terrenos sin urbanizar.

  • 🏪 Negocios y turismo: Locales comerciales, naves industriales, hoteles o alojamientos turísticos.

  • 💼 Viviendas por trabajo: Casas u ocupaciones que una empresa te da debido a una relación laboral.




* Artículo 3 (Objetivo): Busca promover el arrendamiento como un mecanismo complementario y transitorio (especialmente para los jóvenes), impulsar la economía y garantizar la seguridad jurídica con procedimientos ágiles y equilibrados.

* Artículo 4 (Principios): Se rige por los derechos humanos, la justicia social, la solidaridad, la corresponsabilidad, la seguridad jurídica, la igualdad, la no discriminación, la libertad económica y la autonomía de la voluntad.

* Artículo 5 (Interés particular y orden público): Las normas relativas a los contratos son de interés particular, pero todas las disposiciones de esta ley son de orden público.

* Artículo 6 (Voluntad de las partes): Los contratos se rigen por los acuerdos de las partes (siempre que no contradigan la ley) y, alternativamente, por el Código Civil.

Capítulo II: Del arrendamiento de bienes inmuebles para vivienda

* Artículo 7 (Contrato de arrendamiento): Es el acuerdo en el que una parte cede el uso total o parcial de una propiedad para vivienda y la otra paga una determinada tarifa.

* Artículo 8 (Forma del contrato): Debe ser escrito y contener la identificación de las partes, la propiedad, la duración, el precio y la forma de pago, los servicios relacionados y quién asume los servicios públicos.

* Artículo 9 (Autenticación del contrato): Opcionalmente, puede autenticarse ante un notario público o realizarse de forma privada, perfeccionado por la voluntad de las partes.

* Artículo 10 (Condiciones mínimas): Los edificios deben ser habitables. Está prohibido alquilar viviendas en zonas de alto riesgo, construidas con materiales peligrosos y perecederos, o provenientes de demoliciones o construcciones peligrosas sin terminar.

Artículo 11 (Duración): La duración y sus prórrogas serán acordadas por las partes; a falta de acuerdo, se entenderá por un año. Si ninguna de las partes declara su terminación al vencimiento, continuará vigente en los mismos términos.

* Artículo 12 (Canon de Arrendamiento): Libremente acordado entre las partes sin más limitaciones que las de esta ley.

* Artículo 13 (Ajustes de cuotas): Permanece fijo durante la vigencia del contrato. En extensiones en bolívares, el ajuste no puede exceder la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del BCV.

Artículo 14 (Pago del canon): Salvo pacto en contrario, se paga mensualmente. Si está fijado en moneda extranjera, se puede pagar en bolívares al tipo de cambio oficial del BCV vigente el día del pago.

* Artículo 15 (Uso, cuidado y reparaciones): Uso exclusivamente residencial con la debida diligencia. Las reparaciones que superen el 30% del alquiler son responsabilidad del propietario (excepto en caso de daños por negligencia del inquilino), y las que sean iguales o inferiores al 30% son responsabilidad del inquilino.

* Artículo 16 (Garantía): El mantenimiento y los servicios en mora pueden garantizarse mediante una póliza de daños (hasta 3 meses de renta) o un depósito en efectivo/bancario (hasta 3 meses), también pagadero al equivalente en bolívares según el tipo de cambio del BCV.

* Artículo 17 (Pólizas de Daños): Las aseguradoras públicas y privadas deben ofrecer pólizas asequibles para garantizar la conservación de los edificios, reguladas por la Superintendencia de Actividades Aseguradoras.




* Artículo 18 (Devolución del depósito): El propietario deberá devolver el depósito dentro de un plazo de 15 días consecutivos después de la finalización del contrato y revisar el buen estado del edificio, pudiendo descontar cualquier reparación o servicio atrasado.

Artículo 19 (Pagos por servicios): Salvo acuerdo contrario, el inquilino paga la electricidad, el agua, el gas, el inodoro, el teléfono, la televisión e internet. El propietario paga los impuestos de condominio y municipales.

Artículo 20 (Preferencia de oferta): Si el propietario decide vender y el arrendatario tiene más de dos años de solvencia en el inmueble, tendrá derecho de compra preferente sobre terceros. Deberá responder a la oferta en un plazo de 15 días.

* Artículo 21 (Notificación digital): Las partes podrán indicar una dirección electrónica para las notificaciones si se garantiza la autenticidad y la recepción de conformidad con la ley de mensajes de datos.

Capítulo III: Terminación de la relación de arrendamiento

* Artículo 22 (Terminación del contrato): Finaliza por vencimiento del plazo, acuerdo mutuo, terminación anticipada legal, decisión unilateral del arrendatario o destrucción total del edificio debido a caso fortuito o fuerza mayor.

* Artículo 23 (Terminación anticipada - Reclamación del propietario): El arrendador podrá exigir la terminación anticipada por: falta de pago de 3 rentas consecutivas, falta de pago de servicios públicos durante 3 meses consecutivos, cesión/subarriendo sin autorización, daños mayores o reformas no autorizadas, uso distinto al de vivienda o uso indebido, abandono o las causas establecidas en el contrato.

* Artículo 24 (Rescisión unilateral): El arrendatario puede rescindir el contrato unilateralmente en cualquier momento, aceptando opcionalmente una indemnización de hasta 2 meses de alquiler.

Capítulo IV: Resolución de controversias y disposiciones finales

* Artículo 25 (Resolución de conflictos): Los conflictos y el incumplimiento se resuelven mediante mediación/conciliación, centros de arbitraje o ante los juzgados municipales mediante el procedimiento de juicio sumario (independientemente del monto).

* Artículo 26 (Promoción de centros de mediación y arbitraje): El Estado fomentará la creación de centros de resolución alternativa de conflictos y de jueces de paz para facilitar el acceso de la población.

* Artículo 27 (Desalojo de la propiedad): La orden de desalojo solo puede ser emitida por un juzgado municipal o un tribunal arbitral de conformidad con la ley, ejecutada según las reglas del Código de Procedimiento Civil.

* Disposición transitoria única: Las leyes anteriores que regulaban los alquileres y prohibían los desahucios arbitrarios no se aplican a las nuevas relaciones bajo este régimen especial.

* Disposición final única: La ley entra en vigor a partir de su publicación oficial en el Boletín Oficial (7 de agosto de 2026).


Apoyo y protección de la propiedad: Artículo 17 y política de vivienda.


Análisis del artículo 17 de la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento El marco jurídico en materia de arrendamientos de vivienda establece mecanismos para la protección de los bienes tanto de los propietarios como de los arrendatarios. 


En este contexto, el artículo 17 de la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento Inmobiliario para Vivienda establece que las compañías de seguros deben ofrecer pólizas de seguro contra daños adecuadas a las realidades del sector, bajo la dirección y supervisión del Estado. 


Esto garantiza un instrumento ideal para salvaguardar el valor de la infraestructura frente a imprevistos. Vanguard Solutions con Póliza de Hogar Para proteger sus activos cumpliendo con los estándares de seguridad necesarios, la Póliza de Seguro ofrece planes de protección con los siguientes beneficios y características: 

 * Requisitos de contratación sencillos: 

 Se requiere documento de identidad y RIF actualizado, formulario de solicitud firmado y un registro fotográfico de los bienes con fecha y hora.  

* Coberturas integrales clave:    

* Eventos sísmicos (terremoto o sismo).    

* Incendios y cobertura básica.    

* Pérdidas debidas a robo o hurto.    

* Daños en los cristales y averías en los equipos electrónicos.   

 * Servicio de soporte disponible para planes superiores a 100.000 USD.  

* Plan de bonificaciones competitivo:

 Opciones adaptadas a diferentes escalas de edificios y contenidos, con precios asequibles que oscilan entre los 60 y los 500 dólares estadounidenses.

Asesoramiento estratégico: Juntos diseñamos un presupuesto a su medida para proteger su inversión de forma eficiente, empática y segura. Contáctenos. 

 *Milagros Fernández — Gestión Empresarial Global   * WhatsApp: 584123605721





Muy cordialmente, se despide de Usted (es).
Atentamente,


Corredor Inmobiliario e Inversión Nª 4.942
PREANI - PADI
Gerencia de Negocios Nacional e Internacional Inmobiliarios
Móvil +58 0412.3.60.57.21 mensaje de texto

@mfdinero 



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